Reforma jubilatoria de Santa Fe: la Corte destrozó la jugada de Pullaro para desplazar a cuatro magistrados

Reforma jubilatoria de Santa Fe: la Corte destrozó la jugada de Pullaro para desplazar a cuatro magistrados

La Corte Suprema de Santa Fe rechazó de forma contundente el pedido del gobierno de Maximiliano Pullaro de recusar a cuatro de sus miembros para que no pudieran intervenir en causas previsionales, un tema de gran tensión política, ya que en esos trámites se juega el futuro de la aplicación de la ley modificada por impulso del mandatario.

Esa norma sancionada por la Legislatura en 2024 establece topes para los haberes de pasivos del sector público para sanear el déficit de la Caja de Jubilaciones. Frente a eso hubo centenares de incidentes y amparos de estatales, mayormente del Poder Judicial, para frenar los recortes. El 19 de diciembre pasado, con la mayoría de las causas llegando a su etapa final con sentencias dispares en instancias intermedias, el gobierno de Pullaro pidió apartar de la Corte Suprema a cuatro ministros por considerar que podían tener interés directo en el caso a resolver como afectados.

Fue el fiscal de Estado de la provincia, Domingo Rondina, el que recusó a los ministros Rubén Weder, Eduardo Spuler, Roberto Falistocco y Rafael Gutiérrez. Lo que señalaban es que como todos estaban por jubilarse o incluso habían tramitado su salida no tenían idoneidad para resolver los amparos en trámite.

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A esto la Corte Suprema de Santa Fe lo rechazó in límine por 7 votos a 0 en un momento en que arreciaron críticas explícitas, entre ella la de dos camaristas penales y docentes universitarios, que invocaron un interés de Pullaro de integrar un tribunal a medida para lograr una resolución según sus expectativas. 

El pleito

En 2024, la Legislatura de Santa Fe sancionó una ley previsional que entre otras cosas implementó un aporte solidario para jubilados con haberes superiores a cierto umbral (unos 3 haberes mínimos, alrededor de 1.533.171 pesos en diciembre 2025), que van del 2% al 6% según el monto. También estableció un tope jubilatorio máximo, equivalente a 20 haberes mínimos (cerca de diez millones de pesos), buscando equilibrar el sistema. Los jubilados que se sintieron afectados reaccionaron con centenares de recursos que tuvieron resoluciones dispares pero que llegaron a la Corte Suprema para que fije criterio definitivo.

El modo unánime de la decisión del máximo tribunal implica que es tan impertinente jurídicamente lo solicitado por el gobierno, analizan en la Corte, que ni siquiera merece que las recusaciones sean contestadas por los afectados. El motivo central es que la recusación es un instrumento que admite muy pocas aceptaciones, un instituto “ultra restrictivo” que tiene que usarse con motivo fundado y demostrado, y no con una conjetura.

El motivo esgrimido por el gobierno de Pullaro es que Weder debe ser apartado por ser beneficiario del sistema previsional aunque el goce de su haber fue suspendido cuando asumió como ministro. Para Spuler la restricción es por encontrarse aceptada su renuncia al cargo, circunstancia que lo vincula al sistema previsional. Y para Falistocco y Gutiérrez porque hicieron público que se jubilarían.

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La Corte rechaza siquiera ponerse a analizar el fondo del pedido de Rondina por ser “palmariamente extemporáneo”. Primero porque el planteo llega al final del trámite, cuando ya está firme el decreto de resolución de la Corte, es decir, cuando el tribunal que define ya está aceptado y su integración conocida.

Además, lo pueril del tema planteado es que la provincia sustenta su planteo sin aportar nada que demuestre cuál sería el interés directo y actual de los ministros recusados para no actuar con imparcialidad. La Corte dice que la manifestación es totalmente especulativa e hipotética y remarca que no estos cuatro ministros sino todos los jueces tienen la expectativa de jubilarse. Se desprende de eso que no solo los recusados sino nadie, entonces, podría fallar.

Para los ministros santafesinos del tribunal superior de Justicia, el caso equivale a un pedido de recusación sin causa. Esto había motivado que distintos magistrados coincidieran en que había un caso de intimidación institucional, de avasallamiento del Poder Judicial. Y se lanzaron críticas a los colegios profesionales santafesinos, tanto los de Magistrados como los de abogados, por su silencio frente a esta situación. El que convoca a los jueces recién sacó un pronunciamiento cuando la citada presentación de los dos camaristas lo ponía en evidencia.

La Corte afirma, por último, al rechazar las recusaciones, que como los pedidos de apartamiento fueron pedidos en muchos trámites en los que se discute la constitucionalidad de la ley jubilatoria, esta decisión se hace extensiva a todas aquellas causas. 

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